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La SCJN admite trámite con posibilidad de solución este jueves

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha admitido a trámite una solicitud presentada por el Partido Acción Nacional (PAN) para revisar la interpretación de los criterios sobre la representación proporcional en la Cámara de Diputados. La Ministra Presidenta, Norma Piña, notificó este lunes la aceptación de la solicitud, la cual fue presentada por el líder nacional del PAN, Marko Cortés.

El expediente ha sido asignado al Ministro Juan Luis González Alcántara, quien será responsable de elaborar el proyecto de resolución. Esta solicitud busca resolver una contradicción de criterios entre la SCJN y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) respecto a la sobrerrepresentación en la Cámara de Diputados.

La SCJN tiene hasta el próximo jueves para emitir una resolución que podría impactar la composición de la Cámara de Diputados, aunque la decisión final recaerá en el TEPJF, siguiendo los criterios que establezca la Suprema Corte.

Este caso reviste especial importancia debido a su impacto en la interpretación de las normas de representación proporcional, un principio clave para evitar la sobrerrepresentación de partidos o coaliciones dominantes en el Congreso.

La jurisprudencia que llegue a dictar el Pleno de la Corte sería obligatoria para el TEPJF, pero para que afecte la integración de la Cámara que está por ser aprobada, tendría que ser emitida a más tardar en la sesión del próximo jueves del Pleno del Máximo Tribunal.

La materia electoral es prioritaria sobre cualquier otra que atiende la Corte, que no estaría resolviendo cómo deben asignarse las diputaciones de la elección pasada -pues no tiene facultades para ello- sino fijando el criterio con el que tendría que resolver el TEPJF.

Según la denuncia, en 1998 la Corte sostuvo que la representación proporcional busca evitar un alto grado de sobrerrepresentación de los partidos dominantes, y que dicho principio es aplicable tanto a partidos como a coaliciones.

El TEPJF ha sostenido desde 2018, ya en su actual integración, que el tope de sobrerrepresentación solo aplica a partidos, no a coaliciones, al confirmar que la coalición «Juntos Haremos Historia» tenía derecho a 60 por ciento de los diputados con solo 45 por ciento de los votos.

Al admitir la contradicción, Piña advirtió que el criterio del TEPJF «deja de lado lo sostenido con fuerza jurisprudencial por el Pleno de este Alto Tribunal en cuanto al alcance del principio de representación proporcional».

La Ministra también recordó que, desde 2002, la Corte estableció que las contradicciones con el TEPJF son improcedentes cuando ya exista jurisprudencia del Alto Tribunal que resuelve el tema.

Sin embargo, las contradicciones de criterios por regla general no pueden ser desechadas por la Presidencia de la Corte, de ahí que se turnó el expediente a González Alcántara.

 

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