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Propone Max Ramírez cambios que dan certeza a desarrollos urbanos en el estado

Los integrantes del Congreso del Estado avalaron el dictamen de la Comisión de Planeación, Desarrollo Urbano y Obras Públicas, que resuelve la iniciativa con Proyecto de Decreto que reforman los artículos 287, 295, 365, 570 y 576 del Código Urbano para el Estado de Aguascalientes, que planteo el diputado Max Ramírez.

La iniciativa tiene como propósito dar una mayor congruencia y plena seguridad jurídica en los trámites y servicios que realiza el Instituto Registral y Catastral en el Estado, para que no exista confusión en el trámite y se tenga la posibilidad de realizar los trámites correspondientes en el Registro Agrario Nacional con acrónimo RAN, relativos a predios indicados en el presente Código Urbano.

Por lo que se refiere al 287, tiene como objeto permitir la actualización, contar con la información real del inmueble, además de evitar modificaciones en sus polígonos para que no se den traslapes y/o invasiones.

Del 295, se elimina el requisito de levantamiento topográfico del expediente técnico, toda vez que al tratarse de tierras sin dominio pleno emitido por el Registro Agrario Nacional, no sería posible contar con inscripciones en el Registro Público de la Propiedad.

Sobre el 365, se da una vigencia de dos años al levantamiento topográfico con la finalidad de tener el padrón actualizado en sus polígonos para que no contenga las referidas irregularidades.

Del mismo modo, en el 570 se reconoce a las Direcciones Generales del Registro Público y de Catastro del Instituto Registral y Catastral en cumplimiento con las reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, y por otra parte, al no estar regulada en el código, la constitución ni disolución de copropiedades en los predios rústicos, quedara bajo observación de la SEPLADE, con la finalidad de evitar asentamientos irregulares.

Finalmente, en relación al 575, el diputado Max Ramírez precisa que, en el caso de predios urbanos o rústicos con superficie mayor a 10,000.00 metros cuadrados, la solicitud deberá ir acompañada de un levantamiento topográfico catastral emitido por el Instituto Registral y Catastral con fecha de expedición no mayor a un año y que no presente traslapes y/o invasiones; vigencia de un año con la finalidad de evitar modificaciones en los mismos vertientes.

 

 

Derivado de la publicación del nuevo Código Urbano para el Estado de Aguascalientes, se realizó junto con el Instituto Registral y Catastral un análisis técnico y jurídico, donde se concluyó que los cinco artículos antes mencionados, afectaban de manera directa con la operación del Instituto Registral y Catastral.

De no reformarse los artículos en mención, el Instituto Registral y Catastral tendría: no actualización del padrón de construcciones, posibles cambios a invasiones en los polígonos de construcción, al no contar con la vigencia; imposibilidad de realizar trámites en el RAN y autorización de desarrollos con traslapes o invasiones que lleven a juicio o dobles tramites a los desarrolladores.

“De esta manera en la XLV Legislatura, reafirmamos nuestro compromiso de trabajar en conjunto con las entidades y dependencias del Gobierno del Estado de Aguascalientes por el bienestar de los aguascalentenses”, detalló finalmente el legislador Max Ramírez.

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